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Comisiones del Consejo de Administración

 

COMISION EJECUTIVA

Sí bien hasta la fecha la Comisión Ejecutiva no ha sido constituida, el artículo 47 de los Estatutos Sociales, prevé que el Consejo de Administración podrá designar de su seno una comisión ejecutiva o uno o más Consejeros delegados, sin perjuicio de los apoderamientos que pueda conferir a cualquier persona, pudiendo delegar en ellos, total o parcialmente, con carácter temporal o permanente, todas las facultades que no sean indelegables conforme a la Ley. La delegación y la designación de los miembros del Consejo de Administración que hayan de ocupar tales cargos requerirán para su validez el voto favorable de dos tercios de los componentes del Consejo, y no producirán efecto alguno hasta su inscripción en el Registro Mercantil.

 

COMITÉ DE AUDITORÍA

Composición:

Presidente. D. Manuel Azpilicueta Ferrer (Independiente)

Vocal . D. Iñigo Sagardoy de Simón (Independiente)

Vocal . D. Miguel Díaz-Tejeiro Larrañaga (Ejecutivo)

 

Conforme al artículo 48 de los Estatutos Sociales, se constituirá en el seno del Consejo de Administración un Comité de Auditoría con arreglo a las siguientes reglas:

a) El Comité de Auditoría estará formado por tres Consejeros, en su mayoría no ejecutivos, nombrados por el Consejo de Administración, los cuales ejercerán su cargo durante un periodo de cuatro años, pudiendo ser reelegidos.

b) El Presidente del Comité de Auditoría será elegido entre dichos Consejeros no ejecutivos, debiendo ser sustituido cada cuatro años, y pudiendo ser reelegido una vez transcurrido un plazo de un año desde la fecha de su cese.

c) Actuará como Secretario aquel que resulte designado de entre sus miembros.

En el Informe Anual del Gobierno Corporativo, se detalla exhaustivamente las funciones de esta comisión.

 

COMISIÓN DE NOMBRAMIENTOS Y RETRIBUCIONES

Composición:

Presidente. D. Iñigo Sagardoy de Simón (Independiente)

Vocal. D. Manuel Azpilicueta Ferrer (Independiente)

Vocal. D. Enrique Díaz-Tejeiro Gutiérrez (Dominical)

 

Conforme al artículo 14 del Reglamento del Consejo de Administración, se constituirá en el seno del Consejo de Administración una Comisión de Nombramientos y Retribuciones con arreglo a las reglas siguientes:

a) La Comisión de Nombramientos y Retribuciones estará formada por tres Consejeros no ejecutivos, nombrados por el Consejo de Administración, los cuales ejercerán su cargo durante un periodo de cuatro años, pudiendo ser reelegidos.

b) El Presidente de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones será elegido entre dichos Consejeros no ejecutivos, debiendo ser sustituido cada cuatro años, y pudiendo ser reelegido una vez transcurrido un plazo de un año desde la fecha de su cese.

c) Actuará como Secretario de la Comisión aquel que resulte designado de entre sus miembros.

En el Informe Anual del Gobierno Corporativo, se detalla exhaustivamente las funciones de esta comisión.

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